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Sentencia de primera instancia: Nulidad e inexistencia de negocios jurídicos celebrados en contexto de violencia // Inaplicabilidad de la calidad de segundo ocupante a persona jurídica.
Magistrado Ponente: Puno Alirio Correal Beltrán
El Tribunal determinó que acreditados los presupuestos del artículo 75 de la Ley 1448 de 2011, procede la restitución jurídica y material del inmueble a favor de la masa sucesoral del propietario inicial, declarando la inexistencia y nulidad de los negocios jurídicos y decisiones posteriores que consolidaron la transferencia del bien, al evidenciarse que la adquisición se dio con aprovechamiento de un contexto generalizado de violencia y bajo las presunciones del artículo 77 ibídem.
De otro lado, negó cualquier compensación a la sociedad opositora al no demostrar buena fe exenta de culpa ni reunir los presupuestos para ser considerada segunda ocupante, por tratarse de persona jurídica.
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Sentencia de segunda instancia: Bienes fiscales adjudicables // Improcedencia del amparo // Vivienda de interés social.
Magistrado Ponente: José Gildardo Ramírez Giraldo
El Tribunal determinó que no procede la restitución ni formalización de un bien fiscal adjudicable cuando el reclamante no acredita haber ocupado el predio con destino a vivienda de interés social ni cumple los requisitos legales para acceder a su cesión gratuita, aun cuando sea reconocido como víctima del conflicto armado.
Concluyó que el solicitante no demostró haber usado el inmueble con tal finalidad, sino como taller y bodega. Por tanto, no tenía expectativa legítima de adjudicación, ni su desplazamiento afectó un derecho susceptible de restitución. Se reafirmó que la restitución no busca indemnizar sino restablecer situaciones jurídicas legítimas previas al hecho victimizante.
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Sentencia: Reparación transformadora // Prescripción adquisitiva de dominio // Sucesión ilíquida // Víctimas del conflicto armado // Confianza legítima // Mora administrativa.
Magistrado Ponente: Puno Alirio Correal Beltrán
El Tribunal concluyó que la restitución no se extingue con la muerte de la víctima. Ante la mora administrativa y confianza legítima generada por el Estado, procede aplicar la reparación transformadora y consolidar el derecho de propiedad en cabeza de los herederos mediante prescripción adquisitiva extraordinaria.
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Sentencia de primera instancia: Víctima del conflicto armado // Buena fe exenta de culpa // Enfoque restaurativo y transicional // Reparación integral
Magistrada Ponente: Helga Johanna Ríos Durán
La Corporación determinó que en los procesos de restitución de tierras previstos en la Ley 1448 de 2011, cuando tanto los reclamantes como los opositores son víctimas del conflicto armado, el juez puede inaplicar el criterio rígido de la buena fe exenta de culpa y adoptar decisiones con enfoque restaurativo y transicional, orientadas a evitar nuevas revictimizaciones. En tales casos, la restitución no debe operar de forma meramente patrimonial, sino transformadora y equilibrada, garantizando una reparación integral, equitativa y coherente con los principios constitucionales de paz, justicia social y acceso a la tierra, pudiendo mantenerse el statu quo del inmueble cuando ello armonice los derechos de ambas partes.
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Sentencia de primera instancia: Víctima del conflicto armado // Buena fe exenta de culpa // Enfoque restaurativo y transicional // Reparación integral
Magistrada Ponente: Helga Johanna Ríos Durán
La Corporación determinó que en los procesos de restitución de tierras previstos en la Ley 1448 de 2011, cuando tanto los reclamantes como los opositores son víctimas del conflicto armado, el juez puede inaplicar el criterio rígido de la buena fe exenta de culpa y adoptar decisiones con enfoque restaurativo y transicional, orientadas a evitar nuevas revictimizaciones. En tales casos, la restitución no debe operar de forma meramente patrimonial, sino transformadora y equilibrada, garantizando una reparación integral, equitativa y coherente con los principios constitucionales de paz, justicia social y acceso a la tierra, pudiendo mantenerse el statu quo del inmueble cuando ello armonice los derechos de ambas partes.
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Sentencia de primera instancia: Víctima del conflicto armado // Retorno del bien a masa sucesoral // No acreditación de buena fe exenta de culpa // Incumplimiento de los requisitos para ser segundos ocupantes
Magistrado Ponente: José Gildardo Ramírez Giraldo
El Tribunal declaró la restitución de un inmueble en favor de la masa sucesoral del padre del solicitante, y de su progenitora, al acreditarse que el abandono y despojo del predio fueron consecuencia directa de extorsiones y amenazas sufridas por su núcleo familiar en el marco del conflicto armado interno. La Sala concluyó que los opositores no acreditaron buena fe exenta de culpa, ni reúnen los requisitos para ser considerados segundos ocupantes al no habitar ni derivar del predio sus medios de subsistencia; en consecuencia, determinó la improcedencia de las oposiciones, la inexistencia de la posesión que estos alegaban y la nulidad de los negocios jurídicos informales que perpetuaron el despojo.









