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El Consejo de Estado en Sala plena declaró la nulidad de la Circular PSAC13-24, del Consejo Superior de la Judicatura por falta de competencia. La licencia no remunerada contenida en el parágrafo del Art. 142 de la Ley 270 de 1996 que concierne a todos “los servidores judiciales y sus respectivos nominadores, no solo por las diversas interpretaciones que se han erigido en torno a su concesión, disfrute y temporalidad, sino también por las sanciones que, a nivel disciplinario, han sido impuestas con ocasión al uso de esa figura”.
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La sentencia T-249-24 trata el acoso escolar y trae insertas las sentencias en lenguaje claro, una dirigida a la joven víctima de acoso escolar y la otra para los estudiantes del colegio.
La Corte en esta oportunidad consideró que debía intervenir porque "la adolescente desarrolló un cuadro de ansiedad y depresión. Para enfrentar su diagnóstico fue medicada, y debido a las sustancias que debió injerir, presentó somnolencia diurna. De otro lado, presentó conductas de aislamiento social durante el tiempo que pasaba en el plantel (...) el acoso escolar del que la adolescente fue víctima supuso un desafío para el desarrollo de las actividades diarias, entre ellas las académicas.
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Las IA no pueden ser usada para sustituir el razonamiento lógico y humano que le compete realizar a cada juez a efectos de interpretar los hechos, valorar las pruebas, motivar y adoptar la decisión, pues ello conllevaría una violación de la garantía del juez natural y al debido proceso probatorio. En las instancias y en sede de revision de tutelas se deberán aplicar controles que eviten la violación del derecho al debido proceso por uso indebido de IA, entre los que se destaca la autrorregulación ética.
- La IA se podrá utilizar en el sistema judicial para los ámbitos de gestión administrativa y documental, así como el de apoyo a la gestión judicial y la corrección y síntesis de textos; en tales eventos, la utilización de estas tecnologías no remplaza la labor esencial que se le ha atribuido al funcionario judicial, sin embargo, en estos casos, se deberán tener las cautelas necesarias para evitar la transgresión de derechos, tales como el habeas data o la intimidad, o que el funcionario judicial pierda la
independencia o imparcialidad debido a los sesgos y alucinaciones de la IA.





