Apelación de auto: Sucesión intestada//Inventario sucesoral//Posesión//Bienes baldíos//Frutos civiles
Magistrado Ponente: Oscar Hernando Castro Rivera
En un trámite de sucesión no es procedente inventariar como activo sucesoral la posesión de un bien baldío ni los frutos civiles presuntamente derivados de él, cuando no existe prueba suficiente de dominio, mejoras o arrendamientos, pues el proceso sucesoral no es el escenario para definir la titularidad de bienes baldíos ni suplir la carga probatoria que corresponde a los interesados.
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