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CUMPLIMIENTO Y RESOLUCIÓN DEL CONTRATO // CONTRATO DE ADHESIÓN // PERJUICIOS

[e]l cumplimiento forzoso del contrato o su resolución (art. 1546 Código Civil), requiere: a) Demostrar la existencia de un contrato bilateral válido celebrado entre quienes concurren al proceso en calidad de parte; b) Probar que la parte demandante actuó conforme a lo estipulado en el contrato o se allanó a satisfacer las prestaciones a su cargo (contratante cumplido); esto, sin desconocer la variación jurisprudencial trazada de forma reciente por la Corte Suprema de Justicia-Sala de Casación Civil (SC1662-2019), puesto que sí se trata de contratantes incumplidos de forma recíproca, fruto de contraprestaciones simultáneas, que no escalonadas, la ejecución in natura o la disolución del vínculo se habilita, pero sin indemnización de perjuicios15; y c) Acreditar el incumplimiento del deudor demandado de las obligaciones derivadas del negocio jurídico, o su tardía o defectuosa ejecución; para abrir paso a las alternativas del canon 1546 ejusdem.

PROCESO: Declarativo contractual
FECHA: Octubre 11 de 2024.
PONENTE: WILMAR JOSÉ FUENTES CEPEDA
TIPO DE PROVIDENCIA: SENTENCIA

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